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CIJ

Corte Internacional de Justicia 

Presidenta: Mariana Dueñas Salgado

Mesa: Burno Sosa Magaña, Omar André Ramos Marín, Camila Trejo Giménez,  Valentina Paloma Chavarría Villegas y Andrea Vázquez Zamora

Caso A) Aplicación de la Convención de la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio en relación a la población Palestina en la Franja de Gaza (República de Sudáfrica vs Estado de Israel).


Caso B) Incumplimiento de la Convención de Viena sobre relaciones diplomáticas con respecto al asalto a la embajada de los Estados Unidos Mexicanos en Quito (Estados Unidos Mexicanos vs República del Ecuador).

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Antecedentes y Facultades

La Corte Internacional de Justicia (CIJ) es el órgano judicial fundamental de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). Fue fundada en 1945 como contenido en la Carta de las Naciones Unidas, su actual sede se encuentra en el Palacio de la Paz en los Países Bajos. Su principal objetivo es resolver conflictos de índole jurídico entre Estados en conflicto y dictar sentencias sobre los casos a tratar. Está formada por 15 magistrados de diferentes nacionalidades, quienes actúan con imparcialidad para garantizar la correcta aplicación del derecho internacional en la Corte.

La Corte Internacional de Justicia, con el fin de resolver los casos que se le presentan y asegurar el ejercicio pleno de la justicia, tiene las facultades de:

  • Resolver conflictos de carácter jurídico, emitiendo un fallo en respecto de los Estados involucrados en el caso;

  • Promover la solución pacífica de las controversias, con fundamento en los principios establecidos en la Carta de las Naciones Unidas y en el Estatuto de la Corte Internacional de Justicia;

  • Efectuar dictámenes respaldados jurídicamente en los que se determine la responsabilidad internacional de las partes implicadas en el caso a tratar;

  • Dictar sentencias inapelables las cuales pueden incluir medidas ordenadas por la Corte, tales como la compensación económica y la retirada o permanencia de fuerzas militares en un territorio;

  • Indicar la adopción de medidas provisionales con el objetivo de resguardar los derechos de los Estados involucrados en el proceso;

  • Analizar y aplicar tratados y acuerdos internacionales de naturaleza territorial, fronteriza, económica y de nacionalidad.

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