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CADH

Corte Africana de Derechos Humanos

Presidente: Beatriz Mena Torres

Mesa: María José Zárraga García, Victoria Helena del Valle Larez Barrios, María Fernanda Estrella Valdovinos, Dulce Regina Ramos Redonda, Jennifer Montserrat Abonce Padilla  

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Caso A) Dominick Damian v. República Unida de Tanzania 

Caso B) Samia Zorgati v. República de Túnez

Antecedentes y facultades

Instituida por los países Africanos, con sede en Arusha, Tanzania, la Corte Africana de Derechos Humanos y Personas es una Corte Continental con el propósito de hacer cumplir los derechos humanos y de los pueblos en esa región. Fue establecida conforme al Artículo Primero del Protocolo de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, al ser adoptado por los Estados Miembros de la entonces Organización para la Unidad Africana, entrando en vigor el 25 de enero de 2004. La Corte investiga y juzga denuncias en contra de Estados que incumplen lo establecido en la Carta, principalmente; dichas denuncias solo pueden ser tratadas si la Comisión Africana de Derechos Humanos las considera oportunas y las somete ante la Corte. La conforman 11 jueces seleccionados por los Estados Miembros de la Unión Africana.

La Corte Africana de Derechos Humanos y Personas, con el fin de mantener y respetar los derechos humanos, está facultada para: 

  • Dictar medidas provisionales antes de resolver el fondo del asunto;

  • Arreglar las controversias entre las partes para llegar a convenios beneficiosos para ambas;

  • Emitir consultas acerca de una situación jurídica, siempre y cuando no sea sobre algún asunto que se esté tratando en la Comisión;

  • Conocer, investigar y resolver los casos que se le presenten;

  • Redactar una sentencia inapelable, pero, revisable si se encuentra nueva evidencia que no fue antes presentada a la Corte durante el tiempo de juicio;

  • Fijar penas económicas en sus resoluciones.

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